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¿Necesitas el permiso de tu cónyuge no propietario para vender tu piso?

pareja de jóvenes firmando para la venta de una casa

Si la vivienda donde vive una pareja es de ambos, es decir, los dos son propietarios, a la hora de vender el piso se necesita el consentimiento por partes iguales. No obstante, si solo hay un propietario en la vivienda, el otro miembro de la pareja deberá dar el consentimiento o autorización judicial.

Y es que una reciente resolución de la Dirección General de Registros y Notariado (DGRN) establece que es un límite a la libertad de disponer un inmueble del cónyuge que es propietario exclusivo de la vivienda. Esta limitación se debe a que la legislación busca y pone por encima la protección de la familia.

Con el fin de proteger los derechos familiares, la ley obliga a ambas partes de la pareja (aunque los dos no sean propietarios del piso) en confirmar el consentimiento de la venta de la vivienda habitual de la pareja. Eso sí, esta resolución afecta al matrimonio casado por lo civil o por la Iglesia.

Esta resolución pretende salvaguardar la vivienda familiar evitando malas prácticas, ilegalidades y malas conductas de alguno de los dos miembros de la familia. No obstante, es muy importante destacar que esta ley se establecerá siempre y cuando la pareja no esté en proceso de divorcio o crisis matrimonial.

En este caso, entraría en juego el artículo 96 del Código Civil relativo al uso de la vivienda en caso de separación o divorcio.

En este sentido, la doctrina del Tribunal Supremo asegura que el fondo de esta ley radica en el principio de igualdad. Por eso, el Supremo insiste en que el consentimiento que debe dar el cónyuge no propietario constituye una medida de control para dar el visto bueno a la venta de la vivienda que comparte de manera habitual la pareja.

¿Qué pasa si no hay consentimiento?

Es un tema mucho más serio de lo que parece, pues en el caso de que no haya consentimiento por alguna de las dos partes, la venta de la casa podría anularse. Lo primero que debe hacer el notario es preguntar al vendedor si el inmueble es su vivienda familiar, y a partir de ahí, tomar la decisión de aceptar o anular la venta.

En caso de que la venta siga adelante sin el consentimiento por escrito del cónyuge no propietario, será el registrador de la propiedad el encargado de denegar la inscripción del inmueble a favor del nuevo propietario.